Bases y Condiciones – Sorteo

Bases y condiciones- Sorteo febrero 2025

  1. Aceptación de las Bases y Condiciones: La participación en el sorteo atribuye la calidad de
    participante única y exclusivamente en la medida en que se cumplan con las condiciones
    establecidas en las presentes Bases y Condiciones. La participación en el sorteo implica la
    aceptación plena e incondicional de todos los términos de las presentes Bases y Condiciones.
  2. El sorteo (en adelante, “El sorteo”) es organizado por Naturgy San Juan (en adelante “El
    Organizador”).
  3. Condiciones para participar: Por el solo hecho de concursar, todos los participantes aceptan
    las reglas de El sorteo. Las decisiones de El Organizador sobre todos y cada uno de los aspectos
    de El sorteo serán definitivas e inapelables. El Organizador podrá delegar sus facultades
    decisorias, en caso de excepción y cuando lo considere conveniente para un mejor
    funcionamiento de El sorteo. Las decisiones que se adopten en este sentido serán
    debidamente comunicadas a través del sitio web de El Organizador (www.naturgysj.com.ar). La
    participación en la promoción es libre y gratuita y sin obligación de compra, no encontrándose
    sujeta al pago de ningún canon, derecho o suma dineraria alguna.
    3.1) Participarán en El concurso todas las personas físicas que durante el período de tiempo
    consignado entre el 05/02/2025 hasta el 11/02/2025, sigan a Naturgy San Juan en Instagram
    (Naturgysj), den me gusta a la publicación del sorteo, etiqueten a 3 personas y compartan el
    posteo en sus historias.
    3.2) Participarán en El sorteo todas aquellas personas humanas de cualquier sexo que: (i) sean
    mayores de 18 años, (ii) sigan a Naturgy San Juan en Instagram (Naturgysj), den me gusta a la
    publicación del sorteo, etiqueten a 3 personas y compartan el posteo sus historias.
    3.3) No podrán participar de El sorteo aquellas personas que tengan participación directa en la
    organización del sorteo, ni los familiares directos de todos ellos (cónyuges/convivientes, hijos y
    padres).
    3.4) Solo podrán participar en El concurso: a) aquellos usuarios sigan a Naturgy San Juan en
    Instagram (Naturgysj), den me gusta a la publicación del sorteo, etiqueten a sus amigos y
    compartan el posteo. Quedarán excluidos del presente sorteo aquellas personas que cumplan
    con los requisitos luego de que haya expirado la vigencia de este.
    3.5) El sorteo será válido para todas aquellas personas que participen voluntariamente del
    mismo.
  4. Detalle de participación: Las personas podrán seguir a Naturgy San Juan a través del perfil de
    la empresa en Instagram (naturgysj). En dicho perfil encontrarán el posteo del sorteo, deberán
    darle me gusta y etiquetar a tres personas, además deberán compartir en sus historias el
    posteo de cambio de marca que se encuentra fijado en el perfil de Naturgysj.
  5. Los participantes deberán velar por la veracidad, exactitud, vigencia y autenticidad de los
    datos facilitados por los mismos al momento de participar en el sorteo.
  6. Mecanismo de participación y sorteo de los premios: Entre todos los participantes de El
    sorteo, se sortearán e-termos Peabody, para 5 ganadores, que se sortearán el 12 de febrero de
    2025, los cuales, El Organizador, anunciará las fechas de tal sorteo en su red social Instagram:
    @naturgysj.
    6.1) Serán beneficiados 5 ganadores, de forma aleatoria a través de la app easypromos,
    operado por Naturgy San Juan. Se seleccionará al azar y por sistema random. Naturgy San Juan
    certifica y garantiza la legalidad, transparencia y correcto funcionamiento del Software.
    6.2) Se le informará al usuario Ganador vía mensajería directa de Instagram, que ha resultado
    premiado. El usuario Ganador deberá retirar el premio en oficina central de Naturgy San Juan
    (Mendoza 50 sur, Capital- San Juan). En caso de que los ganadores no cursen respuesta, el
    Premio quedará vacante, no teniendo derecho el Ganador a reclamo o indemnización alguna
    por parte de Naturgy San Juan.
    6.3) Naturgy San Juan dispondrá de un plazo de 2 (dos) días hábil para realizar la entrega del
    premio a los Ganadores.
    6.4) El Premio es intransferible y no podrá ser canjeado por otros bienes o premios.
    6.5) Por medio de la aceptación de las presentes Bases y Condiciones, los Clientes declaran y
    aceptan que Naturgy San Juan no será responsable por daño alguno causado por o a causa del
    Premio.
  7. Sobre los premios: El Organizador, sortea e-termos marca Peabody. Cada ganador obtendrá
    1 termo.
  8. Difusión de la Promoción: La Promoción será difundida en Instagram de Naturgy San Juan.
    Asimismo, las presentes Bases y Condiciones serán publicadas en la web institucional de
    Naturgy San Juan: www.naturgysj.com.ar
  9. Difusión de los participantes, Clientes ganadores y adjudicación de los premios:
    9.1) Los participantes autorizan expresamente a El Organizador a difundir sus opiniones en
    nuestras redes sociales, sus nombres e imágenes y los de su grupo familiar en los medios que
    considere conveniente.
    9.2) El nombre de los participantes que resulten ganadores del Premio serán difundidos a
    través de a través de al menos un posteo en el perfil de Instagram de Naturgy San Juan. Al
    efecto del presente, los Clientes, al participar del sorteo, autorizan a Naturgy San Juan a utilizar
    sus nombres para tales publicaciones.
    9.3) Naturgy San Juan, antes de contactar a los ganadores, constatará que cada uno de ello
    cumpla con los requisitos establecidos por las presentes Bases y Condiciones para participar.
  10. Modificación y terminación de la Promoción: Naturgy San Juan podrá cancelar, suspender o
    modificar el sorteo y/o las Bases y Condiciones, comunicando tal circunstancia por los mismos
    medios por los que se dan a conocer estas Bases y Condiciones. Cualquier cuestión no prevista
    en estas Bases y Condiciones será dirimida por Naturgy San Juan.
  11. Autorización: Los Clientes que resulten ganadores autorizan a Naturgy San Juan o a quien
    este libremente designe, por el solo hecho de participar en el Sorteo, por un periodo de
    veinticuatro (24) meses contados desde la finalización del Sorteo y durante la vigencia del
    mismo, a que de forma gratuita, irrestricta e ilimitada use, modifique, edite, reproduzca,
    publique y divulgue, total o parcialmente, sola o en combinación con otras imágenes o signos,
    su localidad y provincia de consumo, imagen, voz, reacciones y testimonios que sean
    capturados por el mismo Cliente o Naturgy San Juan, sus dependientes, contratistas,
    colaboradores o representantes en fotografías, filmaciones o cualquier otra tecnología
    existente o futura, con fines comerciales, de promoción y publicidad institucional y para otras
    campañas de interés público que se generen en el ámbito de la difusión de Naturgy San Juan,
    tanto en medios de comunicación audiovisuales, radiales, gráficos, internet, vía pública como
    en cualquier otro soporte creado o a crease. Además de la gratuidad de la autorización
    antedicha, los Participantes declaran y aceptan que la misma es sin compensación alguna a
    favor de los Participantes que resulten ganadores.
  12. Limitación de responsabilidad: Naturgy San Juan no será responsable por eventuales daños
    y perjuicios ocasionados a los Participantes que resulten ganadores. Naturgy San Juan no se
    responsabiliza en caso de robo o hurto del Premio.
    12.1) Naturgy San Juan no tendrá responsabilidad alguna por la utilización que los
    Participantes que resulten ganadores dieran a los productos adquiridos, con motivo de haber
    ganado el Premio, o por su destrucción, o perdida, ya sea por caso fortuito o fuerza mayor y/o
    cualquier otra causa, siendo estas causales meramente enunciativas. En igual sentido, Naturgy
    San Juan tampoco será responsable de ningún otro gasto que el Participante que resulte
    ganador deba realizar para el retiro y/o utilización del Premio.
  13. Vigencia de la Promoción: La presente Promoción tendrá vigencia desde las 00:00 horas del
    día 05 de febrero de 2025 hasta las 23:59 horas del día 11 de febrero de 2025. Las horas
    corresponden al uso horario Argentina (GMT-3). Aquellas personas que participen con
    posterioridad a la fecha de los Sorteos indicados en las presentes Bases y Condiciones
    quedarán fuera de El sorteo.
  14. Interpretación: Naturgy San Juan se reserva el derecho de interpretar soberanamente las
    presentes Bases y Condiciones, circunstancia que los Participantes aceptan por el solo hecho
    de participar en el sorteo.
    14.1) Cualquier situación que pudiera plantearse con relación al presente Sorteo y que no
    estuviera expresamente resuelta por estas Bases y Condiciones, será únicamente dirimida por
    Naturgy San Juan, conforme a derecho y sus decisiones serán inapelables.
  15. Datos Personales: Los datos personales que el ORGANIZADOR reciba o posea de los
    participantes serán tratados de acuerdo con la legislación vigente en materia de protección de
    datos de carácter personal.