Régimen Tarifa 4 (Servicio de Peaje)
Se encuadra dentro de esta tarifa el Servicio de Peaje brindado a Grandes Usuarios del Mercado Eléctrico Mayorista.
En función de la tensión de alimentación, la ubicación en la red y potencia contratada, el suministro se encuadrará en:
- Baja Tensión con medición de potencia (tensiones menores a 1 kV y potencias iguales o mayores de 30 kW y menores de 50 kW) (Tarifa T4 CMP).
- Baja Tensión (tensiones menores a 1 kV y iguales o mayores de 50 kW) (T4 BT).
- Media Tensión en Bornes (tensiones iguales o mayores a 1 kV y menores a 14 kV, distancia entre el límite exterior de la estación transformadora AT/MT y el puesto de medición no mayor a 100 metros medidos sobre la línea de MT que alimenta al usuario iguales o mayores de 50 kW) (T4 MT13,2B).
- Media Tensión en Red (tensiones iguales o mayores a 1 kV y menores a 14 kV, a lo largo de la red de MT y iguales o mayores de 50 kW) (T4 MT13,2R).
- Media Tensión (tensiones iguales o mayores a 14 kV y menores a 66 kV y iguales o mayores de 50 kW) (T4 MT33).
- Alta Tensión (tensiones iguales o mayores a 66 kV iguales o mayores de 50 kW) (T4 AT).
Para esta tarifa rige la totalidad de lo establecido para las Medianas y Grandes Demandas, difiriendo sólo en los valores tarifarios a aplicar.
En caso de efectuarse contratos particulares por estos servicios Energía San Juan S.A. deberá informar al E.P.R.E., para su aprobación, las tarifas y condiciones de calidad pactadas.
Los valores máximos a percibir por Energía San Juan S.A. deben interpretarse con las limitaciones que impone la Ley Nacional N° 24.065, la Ley Provincial N° 6.668 y sus correspondientes decretos reglamentarios.